CONCEPTO DE VIOLACION


4. PRECEPTOS QUE CONTIENEN LOS DERECHOS HUMANOS QUE CUYA VIOLACIÓN SE RECLAMA

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 14, párrafo segundo:

Nadie podrá ser privado de la libertad… sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.

Artículo 16, tercer párrafo:

No podrá librarse orden de aprehensión sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia o querella de un hecho que la ley señale como delito, sancionado con pena privativa de libertad y obren datos que establezcan que se ha cometido ese hecho y que exista la probabilidad de que el indiciado lo cometió o participó en su comisión

Artículo 18, primer párrafo:

Sólo por delito que merezca pena privativa de libertad habrá lugar a prisión preventiva…

Artículo 19, segundo párrafo:

El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio…El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de… así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.

Artículo 20, apartado B, fracción I:

A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa.

Derechos Humanos

Artículo 3:

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona

Artículo 10:

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11:

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

 2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito. -----------------------------------------------------

 

5. CONCEPTO DE VIOLACIÓN

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 14, párrafo segundo: La privación a la libertad y la violación al debido proceso son el listado actos que vulneraron los derechos constitucionales del articulo 14 párrafo segundo, al momento que el juez de control dicto Prisión Preventiva, en un caso que por sus elementos no amerita esta medida cautelar, ya que no se evaluó la proporcionalidad de la medidas cautelares así como lo indica el artículo 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales, imponiendo una medida cautelar que priva de su libertad al C. Antonio Rafael Pacheco Chávez.  


II.- En el cual se me está negando la protección de la justicia federal, lo que sin duda consideramos sigue violentando con perjuicio el derecho a libertad, establecido en los artículos 19 y 20 Constitucional y el artículo 3 de los Derechos Humanos, cometiéndose el delito de privación de la libertad.

III. Se vulnera el derecho al debido proceso consagrados en el artículo 14, 16 y 18 de la Constitución y los artículos 10 y 11 de los Derechos Humano, al no concederse la solicitud de la medida cautelar la presentación periódica ante el juez o ante autoridad que designe de la fracción I del artículo 153 del Código Nacional de Procedimientos Penales, aplicándose la medida de PRISIÓN PREVENTIVA del artículo 155 fracción XIV del mismo código, siendo una medida exagerada y nada proporcional al delito que se le imputa así como lo misiona el Artículo 18 constitucional, primer párrafo. Que al ser la primera vez que se le detiene por este la acusación que se le imputa y al no considerarse como delito grave por la Ley General de Salud como lo indica que debe de cumplir positivamente estas características y formalidades indicadas en los artículos 16, tercer párrafo y artículo 14, párrafo segundo de la constitución es una clara violación al procedimiento Penal.

 


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